La Asamblea aprobó la propuesta de dar inicio a las actividades deportivas cuando la autoridad sanitaria lo autorice, y nuestro protocolo sanitario quede completamente visado. Cumpliéndose estas condiciones, el calendario aprobado va desde el mes de octubre 2020 a marzo 2021.
Dentro del calendario aprobado, se contemplan los eventos pendientes de la Temporada 2019 – 2020 y la Temporada 2020 – 2021.
a) Del cierre de la Temporada 2019 – 2020
Se fijará la fecha del Clasificatorio de Repechaje Centro Norte una vez reiniciadas las actividades deportivas.
Respecto del 72º Campeonato Nacional, se aprobó el calendario propuesto de realizarlo en el mes de diciembre, siendo flexible en su programación y sede, lo cual será evaluado por el Directorio de la Federación, de acuerdo a las condiciones sanitarias del país.
Las colleras que participen en este evento obtendrán, a modo de compensación, 8 puntos y los requisitos para la Temporada 2020 – 2021, debido a que estarán compitiendo en dos temporadas paralelas.
b) Del inicio de la Temporada 2020 – 2021
Los presidentes de asociaciones acordaron dar inicio a la temporada deportiva en cuanto se cuenten con los permisos de la autoridad sanitaria, a partir del mes de octubre del presente año y dando término en el mes de marzo del 2021. En todo caso, se acordó también, ser flexible en esta programación de acuerdo a las condiciones sanitarias del país.
Se aprobaron un conjunto de normas transitorias cuya duración será para la presente Temporada y mientras dure la pandemia. Estas normas tienen por finalidad, facilitar a los clubes y asociaciones la organización de los eventos deportivos que les corresponden. Así mismo, se aprobaron normas que tienen por finalidad fomentar la participación deportiva de nuestros socios, en esta Temporada atípica.
a) De la organización de los Rodeos
b) Del fomento a la participación deportiva
SERIE | CLASIFICAN |
Serie Criadores | 4 Colleras |
Serie Caballos | 4 Colleras |
Serie Yeguas | 4 Colleras |
Serie Potros | 4 Colleras |
Serie Mixta | 4 Colleras |
Primera Serie Libre A | 5 Colleras |
Primera Serie Libre B | 5 Colleras |
Segunda Serie Libre A | 4 Colleras |
Segunda Serie libre B | 4 Colleras |
TOTAL | 38 Colleras |
La Asamblea, de forma unánime, acordó entregar su respaldo y facultades extraordinarias para este tiempo que estamos viviendo.
El texto acordado es el siguiente:
El Consejo Directivo o Asamblea de Socios, como órgano máximo de la Federación de Rodeo, confieren desde esta fecha al Directorio facultades extraordinarias, que se prolongarán hasta finalizar la temporada 2020 – 2021, otorgándole a este órgano las capacidades resolutivas para tomar decisiones de orden reglamentario, sea deportivo y/o administrativo a fin de abordar las temporadas referidas. Si las necesidades requieren de una extensión del plazo de este mandato, el Directorio estará obligado a llamar a un Consejo Extraordinario para solicitar dicha extensión, fundamentando las razones para ello. Las decisiones que tome el Directorio, haciendo uso de este mandato, deben ser resueltas por la unanimidad de los directores. Para lo cual el Directorio estará obligado a llevar un registro de cada una de las resoluciones que tomo haciendo uso de este mandato, a fin de dar cuenta al Consejo de su actuación. Estas facultades extraordinarias excluyen los temas relacionados a la disciplina deportiva que se encuentra en conocimiento de un órgano independiente como lo es el Tribunal de Honor.
Una vez acordadas las modificaciones reglamentarias, estas serán comunicadas formalmente a los presidentes de zona y sus secretarios, los cuales podrán, por unanimidad de ellos, ejercer la facultad de veto total o parcial de dichas modificaciones, para lo cual tendrán un plazo máximo de 24 horas desde recibida la comunicación.